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jueves, 12 de agosto de 2010

CLASES DE INTERPRETACIÒN DE LA LEY PENAL GUATEMALTECA.

Licda. Helga Ruth Orellana Aceituno


CONTENIDO:

Desde el punto de vista del intérprete,
Desde el punto de vista de los medios para realizarla
Desde el punto de vista del resultado.

PALABRAS CLAVE:

Interpretación, autentica, doctrinaria, restrictiva, extensiva, judicial

METODOLOGIA:
Deductivo e inductivo, analítico, síntesis y lectura de textos y de la Ley del Organismo Judicial


INTRODUCCION:

La interpretación es un proceso mental que tiene como objeto descubrir el verdadero sentido de una disposición legal, por cuanto que de ella la mayoría de veces depende su buena o mala aplicación, y de su aplicación en la interpretación depende la libertad y hasta la vida de muchas personas, lo que tiene como finalidad descubrir para sì mismo o para los demás revelar el verdadero pensamiento del legislador o explicar el sentido de una disposición legal.


Por lo que para poder encontrar el verdadero sentido de la norma jurídica existen class de interpretación de la ley, provenientes de los legisladores, de los jueces, de las personas individuales y de los que se dedican a la investigación de la ley.


Utilizando como base legal la Ley del Organismo Judicial, el diccionario de la Real Academia Española, y así mismo los métodos para poder interpretar que quiso decir el legislador.

DESARROLLO:


Por eso desde el punto de vista del intérprete, es decir de quien realiza la interpretación puede ser auténtica por que la hace el propio legislador, ya sea esta en forma simultanea o posteriormente a la creación de la ley; doctrinaria es aquella interpretación que hacen los juspenalistas, los doctos, los expertos, los especialistas en Derecho Penal en sus tratados científicos o dictámenes científicos o técnicos que emiten, la judicial es la que diariamente aplica el juez cuando emite sus resoluciones en casos concretos.

Por consiguiente existe la interpretación gramatical que se hace analizando el verdadero sentido de las palabras en sus acepciones comunes de acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española.

La interpretación lógica o teleológica es aquella para lo cual fue creada la ley, es decir, el fin que la ley se propone alcanzar lo cual es tarea del juzgador, además existe la interpretación restrictiva que se da cuando el texto legal dice mucho más de lo que el legislador realmente quiso decir, a contrario sensu la interpretación extensiva se da cuando el texto legal dice mucho menos de lo que el legislador realmente quiso decir.

Mientras que la analogía está prohíba de conformidad con la ley, porque para que exista se necesita que haya una laguna legal, y la interpretación analógica si está permitida; por que en la analogía existe ausencia absoluta de una disposición legal que regule el caso concreto mientras que en la interpretación analógica si existe un precepto legal que regula el caso pero de manera restringida.

CONCLUSIONES:

Que el alumno analice, comprenda y conozca las formas de interpretar la ey con el objeto de encontrar el espiritu de la misma y así poder aplicarla a casos concretos, haciendo una interpretación extensiva.

Que el alumno no sòlo se aprenda la ley y la repita como un loro sino que cada uno de los artículos sea analizado e interpretado para que pueda tener una buena aplicación en cada momento procesal para el bienestar general de la población que muchas veces se encuentra en conflicto con la ley.

Que el alumno tenga la certeza que cuando se encuentren en conflicto la justicia y el derecho se pueda inclinar por la justicia y no por el derecho, debido a que en nuestro país existen tantas leyes vigentes pero no positivas porque la mayoría de ellas se desconoce y no se aplican.

Que el alumno encuentre en las instituciones u organismos que la ley se pueda aplicar a todos por igual y que nadie es superior a la ley habiendo una buena interpretación y aplicación de la misma sin discriminación ni favoritismos.

Actualmente vivimos una inseguridad y aunque nuestro país es rico en legislación más no se procede de manera ecuánime con la aplicación de la misma a lo que estamos en desventaja muchas veces como personas con derechos inherentes.


RESUMEN:

Por lo que como ciudadanos y especialmente estudiosos del derecho tenemos una gran responsabilidad para que la ley se aplique de manera equitativa y podamos ejercer la justicia, y para eso necesitamos profesionales que tenga el interés de conocer las leyes, y aplicarlas con responsabilidad, profesionales que día a día se esmeren en buscar la mejor manera de interpretar la ley y que no sea a manera individual para favorecer a ciertos grupos o personas.

Que el alumno entienda que el abogado que no estudia es cada día menos abogado en virtud de que el Derecho es Cambiante no es estático, por lo que tenemos la obligación de estar al día con las creaciones de nuevas leyes o reformas que se realicen buscando siempre el espíritu de la norma jurídica a través de la interpretación realizada responsablemente para que no nos convirtamos en conformistas ni sedentarios.

Bibliografía:
Cabanellas, Guillermo “Diccionario de Derecho usual” “Buenos Aires. Ed. Heliasta 1976.
Garcìa Laguardia, Jorge Mario “La Defensa de la Constitución Guatemalteca” 1983.

Guatemala, 21 de julio de 2010.-

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