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lunes, 2 de agosto de 2010

PROYECTO DE CATEDRA DERECHO NOTARIAL

PROYECTO DE CÁTEDRA

UNIVERSIDAD PANAMERICANA

MARVIN LUJAN BARRIENTOS

DIPLOMADO EN ANDRAGOGIA SECCION “B”

I. DESCRIPCION:

El Curso de Derecho Notarial I es aquella cátedra que copila los conocimientos fundantes del derecho notarial teórico y práctico, como un conjunto de conocimientos en desarrollo concatenados cuyo fin es la creación y la adecuación de actos y negocios jurídicos al instrumento público.

II. OBJETIVOS:

  1. Dotar al estudiante de los conocimientos básicos para su desenvolvimiento en el campo de estudio del derecho notarial-
  2. Hacer que el estudiante comprenda el rol que el notario desempeña en el ámbito notarial guatemalteco y como se relaciona con la abogacía y la Ciencia general del Derecho.
  3. Presentar al estudiante una perspectiva objetiva de lo que es el notariado y los requisitos legales para ejercerlo.
  4. Capacitar al estudiante para que sea capaz de utilizar el léxico notarial y de los conocimientos básicos de redacción notarial.

III. CONTENIDO:

1. El Derecho Notarial

Es el conjunto de doctrinas, y sistematizaciones a normas jurídicas que regulan la organización de la función notarial y de la producción del instrumento público.

1.1 Origen Histórico

El Origen histórico del Derecho notarial se encuentra primeramente en la antigua Mesopotamia, en Egipto e Israel con los escribas, culturas que influenciaron a los romanos donde se forma en su etapa inicial, constituyéndose lo que se conoció en aquella época como instrumentun el cual evolucionó hasta el instrumento público de nuestros días.

1.2Concepto y Definición

El concepto del derecho notarial lo da la misma acepción derecho notarial, es decir el conjunto de normas que regulan el que hacer del notario. Como definición cabe acotar que es el conjunto de doctrinas, y sistematizaciones a normas jurídicas que regulan la organización de la función notarial y de la producción del instrumento público.

1.3Objeto

El Objeto del Derecho notarial es la resolución del problema de adecuar la voluntad del hombre al mundo jurídico por medio de la producción del instrumento público.

1.4 Características

A) Es voluntario al no existir litigio.

B) Da certeza jurídica a las relaciones jurídicas

C) Su naturaleza jurídica se extiende tanto en el derecho público como en el privado

D) Es flexible y responde a las sistematizaciones de los distintos ordenamientos jurídicos.

1.5 Principios

Los principios son los postulados fundantes del Derecho Notarial

A) Autenticación

B) Consentimiento

C) Inmediación

D) Consentimiento

E) Rogación

F)Unidad del Acto

G) Imparcialidad

D) Protocolo

1.6 Naturaleza jurídica

La naturaleza del Derecho Notarial se encuentra en la esencia del derecho mismo: la legitimación legal de las relaciones jurídicas, tanto en el derecho público como privado pues el Derecho es tan amplio que complementa las dos grandes divisiones del Derecho.

1.7 Escuelas que explican el derecho Notarial

Estas son las distintas corrientes doctrinarias que explican el derecho Notarial y nos osn mas que la sistematización de la labor notarial a los distintos sistemas jurídicos de cada país.

1.7.1 Escuela Francesa: De acuerdo a la escuela francesa se postula que el notario es un profesional del Derecho experto en leyes y su labor a la vez de ser fededatario publico consiste en dar forma jurídica a los actos y hechos del hombre. Es originaria de la doctrina latina fundamentada en el derecho romano.

1.7.2 Escuela Inglesa

Esta escuela surge de doctrina sajona donde no se considera a los profesionales como notarios de modo alguno ni mucho menos lo considera un grado académico sino simplemente un fededatario publico quien no tiene conocimientos profundos del derecho.

1.7.3 Universidad Argentina del Derecho Notarial

Los doctrinarios argentinos férreos defensores de la corriente latina afirman que el derecho notarial es tan extenso que incluso a pesar de ser auxiliar del derecho se considera a si mismo como una ciencia de la cual se desprenden otras ciencias auxiliares del mismo por lo que para su estudio no se utiliza una facultad sino una universidad.

1.8 El Derecho Notarial: ¿Oficio o Ciencia?

El Derecho Notarias según la teoría sajona se considera un oficio o una profesión técnica consistente en una labor fededataria, los conocimientos de la subsunción del acto o hecho jurídico a una forma legal mediante el instrumento público, no existe. Ahora bien la tendencia latina o francesa más generalizada considera al derecho notarial no únicamente por su función fededataria sino como un conjuntos de conocimientos den desarrollo que estudio la adecuación de los actos y hechos del hombre a la esfera jurídica.

2. El Notario

Es aquel profesional del Derecho, investido de fe publica, quien da forma jurídica a la voluntad de las partes, por medio del instrumento público en el cual consigna actos y hechos jurídicos.

2.1 Concepto y Definición

El concepto de notario va implícito en la misma palabra que identifica a aquel profesional del Derecho, investido de fe publica, quien da forma jurídica a la voluntad de las partes, por medio del instrumento público en el cual consigna actos y hechos jurídicos.

2.2 Campo de acción del Notario

Debido a que el derecho notarial tiene una aplicación en una gran cantidad de campos pero siempre los relaciona al derecho por lo que su campo de aplicación se dice que es el derecho ya sea el publico o el privado.

2.3Requisitos legales para el ejercicio del notariado en Guatemala.

A) Ser guatemalteco

B) Ser mayor de edad

C) Ser del estado seglar

D) Estar domiciliado en la republica de Guatemala

E) Tener los títulos facultativos de abogado y notario

F) Registrar en la Corte Suprema de Justicia, los títulos firma y sellos que se utilizaran durante el desempeño del notariado.

G) Ser de notoria honradez

2.4 Incompatibilidades para el ejercicio del Notariado en Guatemala.

A) Los que tengan Auto de prisión motivado por los delitos que menciona la ley notarial

B) Los que ejerzan cargos públicos que lleve aneja jurisdicción.

C) Los funcionarios y empleos de los organismos Ejecutivo y Judicial y de municipalidades que devenguen salarios del Estado.

D) Los notarios inhábiles por motivo de pago trimestral al Colegio de Abogados

2.5 Impedimentos para el ejercicio del Notariado en Guatemala.

A) No pueden ejercer el notariado los civilmente incapaces.

B) No pueden ejercer el notariado los toxicómanos y ebrios habituales

C) Tienen impedimento para ejercer el notariado los ciegos, sordos, y quienes adolezcan de cualquier defecto físico o mental que les impida el correcto desempeño del cargo.

D) Los que hayan sido condenados de acuerdo a lo estipulado en la ley notarial.

2.6 Sanciones para el notario

Durante su ejercicio el notario, debido a la fe publica de la cual esta investido puede incurrir en responsabilidad, misma que ocasiona que al notario se apliquen sanciones que pueden ir desde la suspensión temporal del ejercicio hasta penas de prisión.

Entre los delitos por los cuales pueden ser sancionado el notario es encuentran los siguientes:

A) Publicidad Indebida

B) Revelación del secreto profesional

C) Casos especiales de estafa

D) Falsedad material

E) Falsedad ideológica

F) Supresión, ocultación o destrucción de documentos

G) Revelación de documentos

H) Violación de sellos

I) Responsabilidad del funcionario al autorizar matrimonio

J) Inobservancia en las formalidades para autorizar matrimonio

2.7 La ética en el ejercicio de la profesión

La ética la comprende el seguimientos de los valores propios de la profesión notarial tal y como lo son la buena fe y la probidad, la fidelidad, la verdad entre otros.

Existe para ser una guía de ética el código de Ética Profesional donde no se muestran los parámetro de comportamiento del notario.

3. La Fe Pública

La fe Publica se constituye como aquella envestidura jurídica que el estado otorga al notario para que los actos que este autoriza sean verídicos y eficaces

3.1 Concepto y definición

El Concepto lo constituye la misma acepción “Fe Pública”

Como definición se puede decir que es aquel atributo que tiene el estado en ejercicio de su ius imperium, consistente en la facultad de dar veracidad o presunción de verdad a las relaciones jurídicas misma que se confiere a funcionarios y públicos y notarios.

3.2 Características

A) Es una e indivisible

B) Es delegable

C) Solo el Estado puede otorgarla

D) Es Garantía de veracidad

E) No admite contradicción salvo prueba en contrario

3.3 Clases de fe pública

Las clases de fe publica son las distintas formas en que el estado traslada su fe publica en determinadas circunstancias para su ejercicio.

Entre las distintas clases de fe publica tenemos:

A) Fe publica Judicial

B) Fe publica Notarial

C) Fe pública Registral

E) Fe Pública Legislativa

F) Fe publica Administrativa

4. Sistemas Notariales

Son las diferentes sistematizaciones de la labor notarial en función a los marcos jurídicos de

4.1 Sistema Latino

Es un sistema evolucionado, científicamente desarrollado en este sistema la actividad del notario no se limita únicamente a la función fededataria sino que al estudio de la trasmutación de los actos y hechos del hombre al mundo jurídico.

4.2 Sistema Anglosajón

Es un sistema subdesarrollado y de evolución frustrada debido a que únicamente abarca la función fededataria dejando por un lado la crearon del instrumento público

5. El Instrumento Publico

Es este el producto de la labor notarial y la razón de existir del notario ya que por medio de este el notario ejerce la fe publica con la cual esta investido.

5.1 Concepto y Definición

El concepto Instrumento Publico se deriva de la acepción latine “Intruere” palabra con la que se denominaba algo instituido.

En Términos notariales se define como aquel documento autorizado por notario donde se hacen constar actos y hechos jurídicos.

5.2 El Acto jurídico

El acto jurídico se puede definir como todo aquel hecho ocasionado voluntariamente por la voluntad del hombre cuyos efectos modifican el mundo jurídico.

5.3 El hecho Jurídico

Es aquel hecho donde no ha tenido participación la voluntad del hombre más sin embargo sus efectos tienen repercusiones en el mundo jurídico.

5.4 La Escritura Matriz

Es aquel documento autorizado por notario donde se hacen constar actos jurídicos que crean modifican o extinguen relaciones jurídicas,

5.5 El Acta Notarial

es aquel documento autorizado por notario donde se hacen contar hechos cuyos efectos modifican el mundo jurídico.

6. Marco Jurídico del Notariado.

Es el conjunto de normas jurídicas en el cual se desenvuelve y regula la actividad notarial en Guatemala.

6.1 Código de Notariado

Es la normativa madre del Derecho notarial guatemalteco en esta ley se regula específicamente la actividad notarial.

6.2 Código Civil

Es el conjunto de normas de orden privado donde se regulan las relaciones jurídicas entre particulares. Se relaciona con el derecho Notarial porque es la base jurídica de instituciones y contratos fuertemente relacionados con la función notarial

6.3 Código Procesal civil y Mercantil

Este es un conjunto de normas adjetivas que se relacionan con el derecho notarial en cuanto a la tramitación de asuntos en jurisdicción voluntaria

6.4 Código de Comercio

Este Conjunto de normas fundamenta jurídicamente los contratos mercantiles en Guatemala

6.5 Código de Ética Profesional

Aunque no es una ley brinda los lineamientos de ética que debe observar el notario en el ejercicio de su profesión

6.6 Ley del Arancel

Es el conjunto de normas jurídicas en la que se regula la forma en la cual deben cobrarse los honorarios del notario

6.7 Ley Para la tramitación de Asuntos de jurisdicción Voluntaria.

Esta ley regula la actividad del notario en la llamada jurisdicción voluntaria

7. El Protocolo

Es el compendio documental donde se perpetúan y custodian los instrumentos públicos que autoriza el notario por mandato de ley.

7.1 Concepto y Definición

El concepto lo encontramos dado e la misma acepción protocolo.

En Guatemala se le define como la colección ordenada de las escrituras matrices, de las actas de protocolación, razones de legalización de firmas y documentos que el notario registra de conformidad con la ley.

7.2 Características

A) Es Escrito

B) Es formalista

C) Es ordenado

7.3 Razón de cierre

Cada notario al final de cada año o cuando dejará de cartular por algún tiempo debe hacer una razón de cierre donde consta el número de instrumentos públicos autorizados y el lapso de tiempo al que pertenece dicho protocolo.

7.3 Índice del Protocolo

Es el listado con fecha y clase de los instrumentos públicos copilados en un volumen de protocolo.

8. Teoría de la Prueba Pre-constituida del Instrumento Público

Esta teoría le da la validez y la credibilidad a los actos autorizados por notario por imperio de la fe publica de la cual esta investido.

8.1 Concepto y Definición

Esta teoría sostiene que los documentos autorizados por notario se constituyen como una presunción Iure est de Iure es decir no admiten contradicción excepto prueba de la ilegalidad de la misma o falsedad ya que la fe publica y los actos que avala son perennes.

8.2 Aplicación en Guatemala

En Guatemala esta teoría tiene aplicación ya que de acuerdo a la ley los documentos autorizados por notario hacen plena prueba en juicio salvo prueba en contrario.

9. Eficacia del Instrumento Público

El Instrumento público es eficaz cuando ha causado efectos legales en las relaciones jurídicas, lo que no quiere decir que por ser eficaz sea válido, pues si el instrumento publico es impugnado este puede quedar sin efecto.

9.1Valor formal del Instrumento Público.

El valor formal del instrumento publico se refiere al apego que debe tener este en su forma debiendo cumplir con los requisitos que estipula la ley.

9.2 Valor Probatorio del Instrumento Público

De cuerdo a la ley guatemalteca los documentos autorizados por notario se presumen ciertos salvo impugnación en contrario.

10. Impugnación del Instrumento Público

Es una acción legal que tiene como objetivo dejar sin validez el instrumento público ya sea por causa de nulidad o por falsedad.

10.1 Impugnación de Forma

Esta impugnación se centra en la carencia de las formalidades esenciales que la ley exige para la validez del instrumento público.

10.2 Impugnación de Fondo

Este tipo de impugnación no se fundamente en la carencia de formalidades del instrumento sino en la legalidad del acto o que este contiene.

11. Instituciones Afines al Derecho Notarial

Son todas aquellas instituciones coadyuvantes en el desarrollo de la función notarial.

11.1 Archivo General de Protocolos

Es la institución gubernamental encargada de la regulación de la actividad de los notarios, es el contralor de la función notarial.

11.2 Instituto Guatemalteco de derecho Notarial

Es una organización académica independiente del Estado cuyo principal objetivo es el estudio del Derecho Notarial y la profesionalización del notariado en Guatemala.

11.3 Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala

Es una institución autónoma quien controla a actividad de los notarios en términos de ética y profesionalismo-

12. Técnica de Redacción

Es la forma ordenada y congruente por medio de la cual se produce el instrumento publico

12.1 Partes del documento

A) Encabezado

B) Cuerpo

C) Cierre

12.2 Subsunción del acto al instrumento

Consiste en instituir legalmente por medio del instrumento publico la voluntad de las partes es decir dar forma jurídica a su voluntad

12.3 Utilización de timbres fiscales y notariales

La mayoría de negocios jurídicos están gravados con el pago de un tributo razón por la cual aquí se enfocarán los principales.

IV. METODOLOGÍA ANDRAGOGICA

Se utilizará cátedra magistral y dirigida, mesa redonda respecto a tema específico, compaginación de criterios docente-alumno, taller de lectura dirigida, laboratorios de práctica notarial.

V. INDICADORES DE LOGRO

Son las competencias logradas por el estudiante a través del curso.

VI. ACTIVIDADES FORMATIVAS

1) Se llevará acabo una conferencia formativa en el archivo Generadle Protocolos.

2) Una conferencia en el Registro de la Propiedad impartida por el Registrador General.

3) Se realizará una discusión sobre la ley notarial.

VII. MATERIALES DE ESTUDIO

Entre los materiales de estudios se encuentran:

Material Jurídico:

Código de Notariado

Ley de Tramitación de asuntos de jurisdicción Voluntaria

Ley del Arancel Para Abogados y Notarios

Ley del timbre Fiscal

Código de Ética Profesional

Material Didáctico:

Muñoz Neri Roberto (2004) Introducción al derecho Notarial Guatemalteco. Guatemala:

Editorial Universitaria

Lujan Barrientos Marvin Manolo Fernando (2010) Curso Sumario de Derecho

Notarial Guatemalteco. Guatemala: Editorial Gaudeamus.

VIII. EVALUACIONES

1) Se realizará una exposición grupal sobre la redacción del Instrumento Público, seguida de examen corto, con valor de 40 puntos.

2) Comprensión de lectura con valor de 15 sobre el texto Estudios de Derecho Notarial

de Pedro Núñez Lagos

3) Examen final de 45 puntos.

IX CRONOGRAMA DE LA CATEDRA

El curso se desarrollará en tres sesiones semanales de 90 minutos cada una, durante 6 meses.

X. BIBLIOGRAFÍA:

Ávila Álvarez, Pedro (1962). Estudios de Derecho Notarial. Barcelona: Ediciones Nauta.

Berger Fernández Maria Eugenia, (1981) Intervención del Notario en los Asuntos de jurisdicción voluntaria. Argentina: Editorial Mayte.

Carneiro José A. (1988) Derecho Notarial Perú: Ediciones Edinaf .

Castillo Orlando, Dr. Nelson Rudys (2000) Manual de Derecho Notarial Dominicano República Dominicana: Editora Dalis .

Jiménez Arnau Enrique. (1976) Derecho Notarial Ediciones España: Ediciones Universidad de Navarra.

González, Carlos Emérito. (1971) Derecho Notarial. Argentina: Editorial la Ley

XI. ANEXOS:

http://www.igdnotarial.org.gt/

http://www.monografias.com/trabajos24/derecho-notarial/derecho-notarial.shtml

http://www.hmbb.galeon.com/aficiones913041.html

http://www.estuderecho.com/documentos/derechonotarial/index.html

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